PREGUNTAS FRECUENTES
Crédito Solidario (CS)
¿CÓMO SE PAGA LA CUOTA ANUAL?
Si usted desea efectuar el pago de cuotas lo puede realizar en los siguientes canales de atención:
Pago por Internet: Para pago de cualquier tipo de Créditos (deuda morosa y vigente). Banco Santander: Solo pago de cuotas vigentes de Crédito Solidario (CS) o Crédito Reprogramado (CR12) ley 20.572, Previa impresión de su cupón en la opción "Cupón de Pago". Servipag: Para pago de cuotas vigentes de cualquier tipo de Créditos, previa impresión de su cupón en la opción "Cupón de Pago".¿CUANDO VENCE EL PLAZO PARA PAGAR LA CUOTA DEL AÑO?
Para los deudores que presentaron declaración jurada de ingresos en forma oportuna, la cuota vence al 31 de mayo del año siguiente. Para los deudores que no presentaron declaración, la cuota vence el 31 de diciembre de cada año.
¿CUAL ES EL PAGO MINIMO PARA OPTAR A DESCUENTO POR PAGO ANTICIPADO?
Al menos se debe abonar un 10% del saldo deudor para optar a descuentos.
¿QUÉ PASA SI NO SE PAGA DENTRO DEL PLAZO?
La cuota se convierte en deuda en mora, generando intereses penales del 1% (1) por mes o fracción de mes, tal como señala la ley.
¿QUÉ BENEFICIOS OBTENGO AL PAGAR OPORTUNAMENTE EL CREDITO SOLIDARIO (CS)?
Se evita el recargo de intereses de mora del 1% (1). Además, si cumple en pagar oportunamente, durante el plazo de 12 o 15 años según corresponda, y aún restare un saldo de la deuda este será condonado por el solo ministerio de la Ley.
(1)Como consecuencia de la promulgación y posterior publicación de la ley 20.572 que modifico la Ley 19.287, a partir de marzo del año 2012 el interés penal tiene una tasa del 1%, las cuotas vencidas con anterioridad a esa fecha mantienen la tasa del 1.5% establecido hasta antes de dicha modificación legal.